TALLER DECLARACION RENTA
15 HORAS / TRES DIAS
PERSONAS NATURALES
JUSTIFICACION
La declaración de renta de personas naturales en Colombia es un reporte que hacen las personas a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) donde informan sus ingresos, gastos, patrimonio y deudas durante un año.
En Colombia, no todas las personas naturales deben declarar renta. La obligación depende de si durante el año superas ciertos topes establecidos por la DIAN.
QUIENES NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2025
A. LOS ASALARIADOS
Que no sean responsables del Impuesto a las Ventas - IVA
Cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.
B. LAS PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS
Que no sean responsables del Impuesto a las Ventas - IVA
Que sean residentes en el país
NOTA: Para los literales A y B además de los anteriores requisitos debe cumplir los siguientes:
Que el Patrimonio Bruto al 31/12/25 no exceda de $224.096.000 (4.500 UVT)
Que los Ingresos brutos en el año 2025 sean inferiores a $69.719.000 (1.400 UVT)
Que los consumos con tarjetas de crédito en el año 2025 no excedan de $69.719.000 (1.400 UVT)
Que el total de compras y consumos en el año 2025 no supere $69.719.000 (1.400 UVT)
Que el valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos, inversiones financieras, en el año 2025 no supere $69.719.000 (1.400 UVT)
C. PERSONAS NATURALES O JURIDICAS EXTRANJERAS:
Las personas naturales o jurídicas extrajeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a retención en la fuente de que trata los artículos 407 al 409 del E.T. y que dicha retención les hubiere sido practicada.
En este caso, serán no declarantes, siempre y cuando no se configuren los supuestos de hecho previstos en los artículos 20-1 y 20-2 del E. T. en relación con los establecimientos permanentes. Si se configuran, deben cumplirse las obligaciones tributarias en los lugares y en los plazos determinados en el decreto de plazos.
D. LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS QUE PERTENEZCAN AL REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACION
E. DECLARACION VOLUNTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El impuesto sobre la renta y complementario, a cargo de los contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable.
FECHA: Junio 25, 26, 27
Incluye
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Modalidad Presencial, 24 Cupos
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EXPOSITORES
Nestor Toro Parra
Contador Publico
Especialista en Impuestos
Ex-funcionario de la DIAN seccional Cali
Docente de diferentes universidades por mas de 40 años
Revisor Fiscal y Asesor Tributario de empresas a nivel nacional
Socio Gerente de las empresas del Grupo Nestoro
Profesional en Finanzas y Negocios Internacionales de la Universidad Santiago de Cali
Contador Publico de la Universidad Santiago de Cali
Gerente de Asesoría y Consultoría de la Firma Néstor Toro Parra & Asociados SAS
Diplomado en Impuestos y Revisoría Fiscal
Asesor Tributario y Financiero
Auditor y Consultor Externo
Diego Fernando Toro R.
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