TALLER DECLARACION RENTA

15 HORAS / TRES DIAS

PERSONAS NATURALES

JUSTIFICACION

La declaración de renta de personas naturales en Colombia es un reporte que hacen las personas a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) donde informan sus ingresos, gastos, patrimonio y deudas durante un año.

En Colombia, no todas las personas naturales deben declarar renta. La obligación depende de si durante el año superas ciertos topes establecidos por la DIAN.

QUIENES NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2025
A. LOS ASALARIADOS
  • Que no sean responsables del Impuesto a las Ventas - IVA

  • Cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.

B. LAS PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS

  • Que no sean responsables del Impuesto a las Ventas - IVA

  • Que sean residentes en el país

NOTA: Para los literales A y B además de los anteriores requisitos debe cumplir los siguientes:

  1. Que el Patrimonio Bruto al 31/12/25 no exceda de $224.096.000 (4.500 UVT)

  2. Que los Ingresos brutos en el año 2025 sean inferiores a $69.719.000 (1.400 UVT)

  3. Que los consumos con tarjetas de crédito en el año 2025 no excedan de $69.719.000 (1.400 UVT)

  4. Que el total de compras y consumos en el año 2025 no supere $69.719.000 (1.400 UVT)

  5. Que el valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos, inversiones financieras, en el año 2025 no supere $69.719.000 (1.400 UVT)

C. PERSONAS NATURALES O JURIDICAS EXTRANJERAS:

Las personas naturales o jurídicas extrajeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a retención en la fuente de que trata los artículos 407 al 409 del E.T. y que dicha retención les hubiere sido practicada.

En este caso, serán no declarantes, siempre y cuando no se configuren los supuestos de hecho previstos en los artículos 20-1 y 20-2 del E. T. en relación con los establecimientos permanentes. Si se configuran, deben cumplirse las obligaciones tributarias en los lugares y en los plazos determinados en el decreto de plazos.

D. LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS QUE PERTENEZCAN AL REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACION

E. DECLARACION VOLUNTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El impuesto sobre la renta y complementario, a cargo de los contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable.

FECHA: Junio 25, 26, 27

Incluye

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  • Material en PDF

  • Libreta de Apuntes, Lapicero

  • Calendario Tributario de Bolsillo

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8:00 am - 1:00 Pm

Modalidad Presencial, 24 Cupos

Carrera 62 2A 04 Pampalinda, Cali

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$450.000 - Se conserva el valor de los años anteriores

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EXPOSITORES

Nestor Toro Parra

  • Contador Publico

  • Especialista en Impuestos

  • Ex-funcionario de la DIAN seccional Cali

  • Docente de diferentes universidades por mas de 40 años

  • Revisor Fiscal y Asesor Tributario de empresas a nivel nacional

  • Socio Gerente de las empresas del Grupo Nestoro

  • Profesional en Finanzas y Negocios Internacionales de la Universidad Santiago de Cali

  • Contador Publico de la Universidad Santiago de Cali

  • Gerente de Asesoría y Consultoría de la Firma Néstor Toro Parra & Asociados SAS

  • Diplomado en Impuestos y Revisoría Fiscal

  • Asesor Tributario y Financiero

  • Auditor y Consultor Externo

Diego Fernando Toro R.

JUAN CARLOS CHAMORRO P.

Coordinador Académico

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